[ ORIGINAL: https://bit.ly/2HwfnyK ]
BITCOIN CON ALERTA ANTI LAVADO DE DINERO
La compra de una propiedad pagada en bitcoins, importa un informe de lavado de dinero.
El Notariado, en respuesta a una pregunta planteada, toma una posición sobre el tema delicado de la definición de criptomonedas y, sobre la aún más sensible trazabilidad de los pagos de bitcoin.
El Bitcoin no está emitido por un banco central, no es generalmente aceptado como un medio de pago, es inseguro ya que los usuarios no reciben protección y el valor puede fluctuar rápidamente incluso en un período de tiempo muy corto.
Luego está el tema informático, en el ambiente virtual, la identificación no es más que una mera verificación de credenciales, crítica que a los efectos de la legislación contra el lavado de dinero no es insignificante, teniendo en cuenta que el anonimato es la figura intrínseca adoptada por el sistema tecnológico elegido: el blockchain.
En el entorno de las criptomonedas, el autor del pago puede identificar al destinatario en el juego de encastre entre las contraseñas públicas y privadas.
La operación de bitcoin proviene de una cuenta que el comprador declara que es propia, a otra cuenta que el vendedor afirma que es de su titularidad, pero todo sin la más mínima evidencia de la veracidad de tales declaraciones.
Por lo tanto, el anonimato sustancial de la transacción y la imposibilidad real de identificar a su beneficiario nos hace inclinar hacia un comportamiento profesional prudencial.
Por estas razones, para el Consejo Nacional, el pago en criptomonedas debe informarse a la Unidad de Información Financiera (UIF).