Grecia

Cambios en los testamentos: Qué cambia en el Derecho Hereditario a partir de junio – Lo que deben saber los herederos

Ejemplos de cómo se aplicarán en la práctica las nuevas disposiciones

Se abre un nuevo capítulo en el Derecho Hereditario, ya que el Ministerio de Justicia de Grecia avanza con cambios importantes, con el objetivo de modernizar y mejorar la gestión de las transmisiones patrimoniales. Las primeras decisiones del comité legislativo correspondiente, que se espera entren en vigor a partir de junio, traen cinco cambios clave en los testamentos y los derechos sucesorios.

Los 5 puntos principales de los cambios

  1. Conservación del testamento ológrafo con condiciones más estrictas
    El testamento ológrafo se mantiene, pero se refuerza institucionalmente para reducir el riesgo de falsificación y disputas. Se está estudiando la posibilidad de su depósito opcional ante notario por razones de seguridad y para evitar conflictos familiares.
    El testamento ológrafo es aquel que se escribe completamente a mano por el testador, sin intervención notarial.
  2. Reducción de la legítima de los familiares
    El comité estudia la disminución de los porcentajes de la legítima —es decir, la parte de la herencia que se asigna obligatoriamente a los parientes cercanos—. La reforma busca otorgar mayor libertad a la voluntad del testador, reduciendo las porciones forzosas.
    Actualmente, la legítima corresponde a la mitad de la parte que le tocaría al heredero si no existiera testamento.
  3. Institucionalización de los contratos sucesorios
    Por primera vez se introduce en el derecho griego el contrato sucesorio. Se trata de un acuerdo entre el testador y un tercero, que determina la distribución de la propiedad. Esta disposición brinda mayor flexibilidad, especialmente en empresas familiares o transferencias por consentimiento mutuo.
    Este modelo ya se aplica en otros países europeos como Alemania y Austria.
  4. Exclusión de las parejas de hecho de los derechos hereditarios
    El comité se orienta hacia no reconocer derechos hereditarios a las parejas que no hayan firmado un acuerdo de convivencia ni contraído matrimonio. La medida afecta principalmente a relaciones libres, con el objetivo de lograr claridad en la distribución legal de la herencia.
    Las parejas fuera del marco legal solo estarán protegidas mediante testamento o contrato.
  5. Nuevas reglas en la sucesión intestada
    En los casos donde no hay testamento, se modifica el orden de los herederos. Se reafirma el derecho de los ascendientes (padres, abuelos) a heredar, mientras se evalúan nuevas normas para situaciones en las que no existan parientes cercanos.

Ejemplos indicativos de cómo se aplicarán las nuevas disposiciones en la práctica

  1. Testamentos ológrafos con mayores garantías de seguridad
  • Antes del cambio: Un testador escribe su testamento ológrafo y lo guarda en un cajón de su casa. Tras su muerte, uno de los herederos lo encuentra y alega que es un documento falso, lo que conduce a una larga batalla judicial.
  • Después del cambio: El testador tiene la obligación de depositar su testamento ológrafo ante un notario, quien lo registra en un registro especial. De este modo, se evitan disputas y riesgos de pérdida o alteración del testamento.
  1. Derecho a heredar para ascendientes
  • Antes del cambio: Si un padre anciano tiene hijos, estos heredan toda la propiedad, mientras que él no tiene ningún derecho en la sucesión.
  • Después del cambio: Los ascendientes, como los padres o abuelos del fallecido, conservan el derecho a una parte legítima. Por ejemplo, si un hombre soltero y sin hijos muere, parte de su patrimonio puede ir a sus padres en lugar de distribuirse solo entre hermanos o parientes lejanos.
  1. Cambios en la legítima de los herederos
  • Antes del cambio: Un padre deja la mayor parte de su patrimonio a su segunda esposa mediante testamento, pero sus hijos del primer matrimonio reclaman su parte forzosa (50% de la herencia) a través de la legítima.
  • Después del cambio: El porcentaje de la legítima puede reducirse o modificarse, permitiendo mayor flexibilidad en la distribución de la herencia. Así, la esposa podría recibir una mayor parte del patrimonio, mientras que los hijos conservarían una porción menor pero garantizada.
  1. Introducción de los contratos sucesorios
  • Antes del cambio: Un empresario adinerado desea transferir su empresa a su hijo, asegurando que esta permanezca en la familia. Sin embargo, no puede hacerlo de forma jurídicamente vinculante, ya que su testamento puede ser impugnado o modificado antes de su muerte.
  • Después del cambio: Con la nueva normativa, se puede firmar un contrato sucesorio con su hijo, asegurando la transferencia de la empresa en vida. Esto permite mayor seguridad y previsibilidad en las transmisiones hereditarias.

VER NOTA: https://www.alfavita.gr/koinonia/473461_anatropes-stis-diathikes-ti-allazei-sto-klironomiko-dikaio-apo-ton-ioynio-ti-prepei#goog_rewarded