Reglamento

Oficina Notarial Permanente de Intercambio Internacional (ONPI)

REGLAMENTO INTERNO

aprobado por el Consejo de Dirección Cartagena de Indias, 1° de diciembre de 2011

El Consejo de Dirección de la UINL, en consideración de que, según las disposiciones del Artículo 21 del Reglamento General de la UINL:

  • ONPI tiene por misión esencial la información a los notarios, a los notariados y a las personas que trabajan por o con la UINL.. Su sede está en Buenos Aires.
  • ONPI está dotada de un comité directivo integrado por un presidente, uno o dos vicepresidentes, un secretario, un tesorero y de un máximo de diez miembros efectivos, nombrados todos ellos por el Consejo de Dirección.
  • ONPI está dotada asimismo de miembros suplentes y de miembros corresponsales de la Revista Internacional del Notariado (RIN), nombrados todos ellos por el Consejo de Dirección.
  • La actividad de ONPI se desarrolla bajo la supervisión del Consejo de Dirección que detallará en un reglamento particular las funciones específicas que debe desempeñar.

Propone el siguiente reglamento particular relativo a las funciones específicas que ONPI debe desempeñar:

Artículo 1.- ONPI tiene las siguientes tareas específicas:

1.1. – Asegurar la publicación y difusión de la Revista Internacional del Notariado (RIN), conforme a lo previsto en el Artículo 2 del presente Reglamento interno.

1.2 – Asegurar la redacción y difusión del Boletín electrónico de los Adherentes Individuales en español, francés e inglés. Todo número tiene que recibir la aprobación previa de los Presidentes de ONPI y UINL.

1.3 – Cuidar de su propia ventana ONPI en la página web institucional de la UINL, incluso el boletín ONPI Informa situado en la ventana ONPI- Actualidades.

1.4 – Establecer y actualizar una lista bibliográfica en soporte informático de las obras y revistas dedicadas principalmente al Notariado, así como poner al día y publicar las legislaciones de los diferentes Notariados, con la colaboración de sus miembros corresponsales.

1.5 – Intercambiar con la Secretaría Administrativa de la UINL conocimientos e información a los efectos que el archivo informativo de ambas instancias administrativas sea lo más completo posible.

1.6 – Asegurar todas las tareas que el Consejo de Dirección decida confiarle, en consideración de sus aptitudes y organización.

Artículo 2.- Revista Internacional del Notariado (RIN)

2.1 – Director de la Revista y Comité Editorial
– El Director responsable es el Presidente de ONPI.
– El comité directivo de ONPI ejerce las funciones de Comité Editorial, con la colaboración de los miembros titulares, suplentes y corresponsales.

2.2 – Contenido
El contenido de la Revista es a la vez informativo y científico.

2.3 – Edición e impresión
– La Revista se publica por lo menos una vez al año.
– La Revista se edita tanto en soporte papel como electrónico;
– Toda edición de la Revista tiene que recibir la aprobación previa de los Presidentes de ONPI y UINL.

2.4 – Idiomas y traducción
– Los idiomas de redacción pueden ser español, francés e inglés.
– Las traducciones correspondientes están a cargo de ONPI.

2.5 – Difusión
– La Revista en soporte papel se envía a los Notariados miembros, a los miembros del Consejo de Dirección y del Consejo General, a los Presidentes de las Comisiones y Grupos de trabajo, a los Adherentes Individuales y Universidades elegidas por el Presidente de ONPI así como a todos los demás destinatarios indicados por el Presidente de la UINL. Se hará entrega de la revista asimismo a las autoridades con las cuales la UINL está en contacto.
– La Revista en soporte electrónico se publica en la web institucional de la UINL en la ventana de ONPI.

2.6 – Costos
Todos los costos relativos a la Revista están a cargo de ONPI, por medio de su asignación anual fijada por los órganos competentes de la UINL.