Corte Suprema declaró constitucional la obligación de los escribanos públicos en informar a la UIF

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Corte Suprema declaró constitucional la obligación de los escribanos públicos en informar a la UIF

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, ratificó la constitucionalidad de las normas que imponen a los escribanos públicos la obligación de informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) la existencia de “operaciones sospechosas” de lavado de activos o financiación del terrorismo de las que tomen conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

Destacó que las previsiones del artículo 21 de la ley 25.246, que imponen a los escribanos públicos la obligación de informar las operaciones sospechosas de las que tomen conocimiento en el ejercicio de sus funciones, respetan el principio de legalidad, resultan precisas y previsibles, responden a la necesidad de combatir el fenómeno de la criminalidad internacional y son acordes con las disposiciones de distintos instrumentos internacionales suscriptos por la República Argentina.

Agregaron que, por otra parte, la resolución UIF 21/2011 enuncia una lista de dieciséis hipótesis que sirven para delimitar el concepto de “operaciones sospechosas” con la claridad necesaria para que los escribanos públicos actúen en consecuencia.

En este contexto, los jueces destacaron que la obligación impuesta a los escribanos responde a la especial naturaleza de la actividad del notariado que les da un rol preponderante en el sistema de prevención de lavado de activos a fin de superar la asimetría informativa entre el Estado y los operadores financieros. Afirmaron, además, que estos profesionales cuentan con conocimientos técnicos y experiencia profesional que los ubica en una posición de privilegio frente al resto de la comunidad a la hora de indagar cuándo una transacción tiene indicios de vinculación con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

La resolución 21/2011 sigue a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la de su par europea, así como a las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en cuanto aconseja que deba exigirse a los notarios –entre otros profesionales- que reporten las “operaciones sospechosas”.