España

El valor de la firma notarial

El instrumento público refleja así la «verdad oficial»

Firma y sello ante un notario en la Comunidad de Madrid.

El valor de la firma notarial consiste en que pone término al instrumento público, al tiempo que da vida y refleja los pensamientos y sentimientos de la persona a los que dota de efectos jurídicos.

La firma es el fin de un proceso que acaba con la autorización por el notario del instrumento público. Pero esa firma no es en ningún caso una pegatina, un simple sello, sino que implica la asunción por el notario de la responsabilidad en lo que atañe a la verdad de lo narrado y la legalidad del acto jurídico de que se trate. El instrumento público refleja así la «verdad oficial», como consecuencia de la condición funcionarial del notario, investido de la fe pública notarial, que trae como consecuencia la autenticidad del documento.

No es infrecuente que comparezca una persona para contar sus desvelos y preocupaciones. A veces para compartir su soledad. Incluso, en alguna ocasión, tras contar sus cuitas y ordenar los hechos, ocurre que se levanta y  da las gracias, por el simple hecho de haberla escuchado. Escuchar es un principio cardinal de la actuación notarial. Tampoco faltan las ocasiones en la que se pide consejo, con la angustia de «qué hacer» o asesoramiento sobre «cómo proceder».

Lo importante es que quien comparece en un documento notarial gana tranquilidad  con la firma del notario tranquilidad, fruto de la confianza que la sociedad ha depositado en nosotros.

La seguridad jurídica es un concepto abstracto, un macro concepto, pero la tranquilidad es un sentimiento que no tiene precio. Esto no quita que nuestra función, desde una perspectiva global, sea fundamental para la seguridad jurídica, y que la seguridad jurídica sea el basamento de todo Estado que se precie, como apoyo imprescindible para la convivencia social, el desarrollo empresarial y económico, y sustento de un espacio de libertad y justicia.

No es malo ir al notario, incluso dos veces para una misma operación. Así ocurre en la firma de un préstamo hipotecario para la adquisición de vivienda. Hay una visita anterior a solas con el notario, para que éste revise y explique toda la información precontractual.

Por eso, al ir al notario, hay que saber que, incluso aquello que pudiera parecer muy fácil o evidente, lo que a veces no es más que un espejismo, con la intervención notarial, con la firma del notario, adquiere firmeza y goza de una eficacia especial, para la tranquilidad de todos.

* José Ángel Martínez Sanchiz  presidente del Consejo General del Notariado

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