ARGENTINA
Se suscribió un Convenio Marco de Colaboración entre la «Comisión Cascos Blancos” y el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, ha suscrito un Convenio con la Comisión Cascos Blancos, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación:
“MISIÓN”: «Cascos Blancos” es el organismo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto encargado de diseñar y ejecutar la asistencia humanitaria internacional de la República Argentina. Teniendo en cuenta la perspectiva de género, desarrolla sus actividades a través de un modelo de trabajo fundado en la colaboración, la solidaridad y la participación comunitaria, y su accionar se basa en un cuerpo de voluntarios nacionales e internacionales.”
“Cascos Blancos” pone a disposición de la comunidad un cuerpo de voluntarios capacitado e identificado previamente en apoyo de las actividades de socorro inmediato, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo. Asimismo, impulsa la capacitación de los recursos locales, promueve la difusión y fortalecimiento de su voluntariado y el desarrollo de resiliencia a fin de que las comunidades cuenten con herramientas para ser protagonistas en la transformación de su propia realidad.»
Bajo este modelo, “Cascos Blancos” ha desplegado acciones y misiones de asistencia humanitaria en los cinco continentes, basadas en la cooperación, solidaridad y la participación comunitaria local, y en el marco del respeto de los principios fundamentales de humanidad, neutralidad, imparcialidad, independencia operativa, voluntariado, unidad y universalidad.”
PRIMERA: El presente Convenio Marco tiene por objeto el establecimiento de estrechas relaciones de colaboración, difusión y asistencia entre “LAS PARTES” en las áreas de acción humanitaria y social, tendientes a promover y favorecer actividades relacionadas con áreas de interés mutuo.
SEGUNDA: Sin perjuicio de la posible colaboración en temas adicionales, “LAS PARTES” se comprometen a definir, de común acuerdo, las áreas de colaboración a ser desarrolladas, y su modalidad de ejecución, con especial énfasis en:
a) Promoción, facilitación y difusión de la actividad voluntaria, así como de la realización de acciones de colaboración en materia de acción humanitaria y social, a través de las cuales se fomenten los valores de universalidad, humanitarismo, inclusión y solidaridad.
b) Promoción y facilitación de vínculos entre personas con vocación solidaria, así como colaboración en la identificación y convocatoria de voluntarios interesados en participar de acciones sociales y humanitarias.
c) Formulación y ejecución de programas y proyectos en el ámbito de la promoción y organización del voluntariado tendientes a la integración social, incorporando perspectivas que ayuden a reconocer y superar las diferencias y las situaciones de discriminación e inequidad en la comunidad, con especial énfasis en las cuestiones de género y en la atención de grupos vulnerables.
d) Formulación y ejecución de programas y proyectos en el ámbito de la promoción y organización del voluntariado, tendientes a la contribución al desarrollo sostenible y la resiliencia de las comunidades, incluyendo la capacitación y el entrenamiento para el fortalecimiento de las capacidades locales, con integración de niños y niñas, hombres y mujeres jóvenes y adultos en necesidad, así como de las personas con discapacidad, en pos del aseguramiento de la igualdad de oportunidades y el pleno ejercicio de los derechos humanos.
e) Desarrollo de acciones y proyectos tendientes al desarrollo pleno y la formación integral de las personas, así como a su inclusión en el mundo contemporáneo.
f) Intercambio de experiencias, conocimientos y capacitación sobre acción voluntaria, humanitaria y social.
g) Colaboración en la respuesta humanitaria ante emergencias mediante disposición de recursos o voluntarios, de conformidad con los principios del Derecho Internacional Humanitario y de acuerdo a las políticas, reglas, procedimientos y disponibilidad presupuestaria de cada una de “LAS PARTES”. En este sentido, “LAS PARTES” colaborarán mutuamente en la asistencia de causas humanitarias en el otorgamiento de instrumentos que protejan derechos inalienables consagrados constitucionalmente, donde los otorgantes se encuentren en grado de vulnerabilidad frente a la crisis sanitaria mundial Covid-19 o a cualquier otro escenario de crisis que se presente en el futuro.”