Brasil
“Mis bienes, tus bienes”: unión de mayores de 70 años genera discusión
El régimen de separación de bienes ahora puede ser eliminado mediante escritura pública. Entender cómo y por qué
El Supremo Tribunal Federal (STF) definió, que el régimen obligatorio de separación de bienes en los matrimonios y uniones estables de personas mayores de 70 años puede ser modificado a voluntad de las partes. Por unanimidad, entendió que mantener la obligatoria separación de bienes, prevista en el Código Civil, irrespeta el derecho de autodeterminación de las personas mayores.
Para eliminar la obligación es necesario manifestar esta voluntad mediante escritura pública, suscrita ante notario. También se definió que las personas mayores de esta edad que ya estén casadas o en unión estable pueden cambiar su régimen patrimonial, pero para ello se requiere autorización judicial (en el caso de matrimonio) o declaración en escritura pública (en el caso de unión estable).
La noticia está teniendo gran repercusión en el mundo jurídico.
A favor de la constitucionalidad, se argumentó que el legislador actuó con el objetivo de impedir la comunicación patrimonial en las uniones familiares constituidas para obtener una ventaja económica, aprovechando la Posición vulnerable de las personas mayores.
Al asumir la incapacidad de las personas mayores de setenta años para decidir sobre el régimen patrimonial aplicable a las uniones familiares que celebren, la norma termina interfiriendo en la autonomía de estos individuos, siendo un aspecto que integra el contenido mínimo de la dignidad humana (art. 1, III, de la Constitución Federal).
El cambio sólo producirá efectos patrimoniales para el futuro. Especialmente en los casos de unión estable, donde se define el inicio de la convivencia y el régimen de propiedad. A través de escrituras públicas, es más fácil acreditar la unión ante terceros, garantizando, además de la participación en los bienes adquiridos durante la unión, todos los derechos sucesorios y de seguridad social en caso de fallecimiento, así como la inclusión de las personas dependientes en la salud, planes, seguros de vida, entre otros.
Reducción de la Judicialización
Con el cambio y el crecimiento de soluciones negociadas extrajudicialemente, se espera una
Reducción de la desjudicialización. En la misma línea, se deben incrementar las inscripciones de acuerdos prenupciales, en los que uno de los cónyuges elige el régimen matrimonial que más le conviene, lo que también se hace mediante escritura pública ante el registro civil.
VER NOTA: https://www.notariado.org.br/meus-bens-teus-bens-uniao-para-maiores-de-70-anos-gera-discussao/