FRANCIA- Los representantes de las partes podrán intervenir frente a un notario en forma remota

FRANCIA

Los representantes de las partes podrán intervenir frente a un notario en forma remota

El Estado Francés validó por decreto la actuación remota de los representantes legales de las partes intervinientes.

Se perpetúa el acto notarial con apariencia remota de auténticos representantes que autoriza el establecimiento por notarios de representantes genuinos en medios electrónicos cuando una o todas las partes no están presentes.

Esta elección se debe a la voluntad del Estado y del notario de seguir un enfoque experimental independientemente de la emergencia sanitaria, en beneficio de todos los franceses, y de proporcionar respuestas operativas inmediatas a los problemas a los que se enfrentan quienes viven en el extranjero, frente a dificultades reales desde la desaparición de las funciones notariales de los cónsules.

El Consejo Superior del Notariado recuerda que esta aparición remota, al igual que cualquier acto auténtico, se otorgará al final de una reunión de videoconferencia, durante la cual se habrá proporcionado toda la información pertinente y necesaria para informar el consentimiento de las partes. La autenticidad no se trata sólo de la acción. Es el resultado de un procedimiento, un proceso, un camino que garantiza un conocimiento perfecto por parte de quienes se comprometen a sus derechos y obligaciones y a las consecuencias de su compromiso- el llamado «consentimiento informado».

 

VER NOTA: https://www.journaldelagence.com/1187979-parution-du-decret-perennisant-lacte-notarie-avec-comparution-a-distance-pour-les-procurations-authentiques