Grecia

Inmuebles: todas las transferencias a través del notario – fin del contacto con la oficina fiscal con el nuevo sistema

Un nuevo sistema de transferencia de bienes inmuebles a través del notario, que elimina el contacto directo con la administración tributaria, acelerará los procedimientos, reduciendo la burocracia y concentrando todos los pasos en un único servicio digital integrado.

El inicio de la aplicación de este nuevo sistema será determinado mediante una decisión conjunta de los ministerios competentes y de la Autoridad Independiente de Ingresos Públicos. En dicha decisión también se definirán las zonas donde se aplicará inicialmente la medida, así como los aspectos técnicos relativos a la interoperabilidad de los servicios, el pago de importes y la gestión de las transacciones

En el marco de este nuevo procedimiento, que todavía no está en vigor, el notario redacta el proyecto de escritura en colaboración con las partes involucradas y obtiene, mediante interoperabilidad, toda la información necesaria de servicios como el Catastro y Taxisnet. Entre estos se incluyen certificados fiscales y de seguridad social, la identidad electrónica del inmueble, la ficha y plano catastral, así como los documentos necesarios para la declaración del impuesto de transferencia o para exenciones y reducciones, y también para los impuestos sobre herencias, donaciones o aportes

Una vez completada la recopilación de la documentación, el notario completa, sobre la base de los datos proporcionados por las partes, la declaración en la plataforma myPROPERTY. A continuación, procede a la determinación inmediata y recaudación del impuesto, que posteriormente entrega al Estado. En los casos en que no se haya pagado el impuesto sobre herencias o donaciones, también se encarga de su cálculo y pago.

Paralelamente, tiene la facultad de retener importes del precio de la transacción para el pago de deudas al Estado o para levantar embargos que puedan afectar al inmueble. Asimismo, recauda y abona las tasas de inscripción en el Catastro, tras el cálculo correspondiente por parte del organismo competente.

El notario también puede, si así se acuerda, cobrar y transferir el precio al vendedor. En este procedimiento, el uso de una cuenta especial protegida (escrow account) se considera equivalente al pago, mientras que la falta de pago o el retraso produce las mismas consecuencias jurídicas que en el caso de pago directo.

Asimismo, puede redactar un acta de pago a solicitud del comprador, sin la presencia del vendedor, certificando el depósito del importe en la cuenta especial. Una vez cumplidas todas las obligaciones económicas, firma la escritura notarial y procede a su presentación ante el Catastro para su inscripción mediante interoperabilidad.

Por la finalización del procedimiento, el notario percibe honorarios conforme al Código Notarial (ley 2830/2000).

En particular, se regularán cuestiones como la obtención electrónica de documentación, el pago de impuestos y tasas a través del notario, la retención de sus honorarios, así como la inscripción automatizada de las escrituras en el Catastro.

Con la implementación de este nuevo procedimiento, se espera que la transferencia de bienes sea más rápida con l facilidades tanto para los ciudadanos como para los profesionales.

VER NOTA: https://www.newmoney.gr/roh/palmos-oikonomias/oikonomia/akinita-oles-i-metavivasis-meso-simvoleografou-telos-stin-eforia-me-to-neo-sistima/