Italia
Los notarios, la guía sobre la reforma de la jurisdicción voluntaria
El Consejo Nacional del Notariado y asociaciones de consumidores presentaron a la Cámara de Diputados un Vademécum sobre la nueva normativa para menores y sujetos incapaces.
El consejo nacional de notarios y asociaciones de consumidores presentaron la nueva guía sobre Jurisdicción Voluntaria. “El notario y la fragilidad social: una nueva disciplina para menores e incapaces”.
La 18.ª guía para los ciudadanos, descargable desde el sitio web www.notariato.it , ilustra el nuevo procedimiento introducido con el objetivo de aliviar la carga de trabajo de los Tribunales. Prevé la posibilidad de acudir al notario o al tribunal, para la ejecución de determinados actos administrativos en casos de incapaces o sujetos menores. Hasta ahora sólo se puede acudir a la justicia.
En Italia hay cada día más personas frágiles:. 350.000 administraciones de sostén en constante crecimiento, 13 millones de personas con discapacidad y 140.000 personas que sufren interdicciones. Quienes apuestan por la jurisdicción voluntaria manifiestan que ésta es una necesidad que surge en momentos delicados de la vida de los ciudadanos y están preocupados por intereses privados.
Con esta reforma, el notario -por las garantías que ofrece en materia de imparcialidad- puede expedir escrituras autenticadas en las que se intervenga un menor de edad, un interdicto, una persona con discapacidad o un beneficiario de medidas de la administración de sostén, necesarias para vender o comprar un inmueble, aceptar una herencia, intervenir en un título hipotecario, etc, así como las autorizaciones relativas a bienes hereditarios.
«El manual, nacido de la sinergia entre Notarios y asociaciones de consumidores, explica paso a paso cómo funciona el nuevo procedimiento y proporciona una primera ayuda concreta con el objetivo de apoyar el sistema de Justicia. La fragilidad ya no es sólo un problema judicial, sino que se ha convertido en una verdadera cuestión social. Necesitamos trabajar en red, valorizar las actividades de voluntariado, el tercer sector y todos los organismos intermedios, para hacer efectivo el ejercicio de los derechos por parte de los sujetos más frágiles», fue subrayado durante la presentación de esta reforma.
La guía en pocas palabras
¿Qué es la jurisdicción voluntaria? Es la actividad que se realiza en interés de sujetos frágiles para celebrar un acto o un negocio y en operaciones relativas a bienes hereditarios. A partir de febrero de 2023 para esta actividad es posible contactar al notario -como alternativa al juez- como apoyo cualificado.
¿Cuándo se aplica? La autorización del notario es necesaria para los actos relativos al menor, interdicto, incapacitado o beneficiario de la administración de sostén en el caso de aceptación de donación, compraventa o permuta de un inmueble, división de condominio, aceptación de herencia o legados, cancelación de hipotecas, intervención en título hipotecario en calidad de acreedor hipotecario. En el caso de bienes hereditarios, es necesaria la autorización del notario para el llamado a la herencia o a los herederos, al curador de la herencia yacente o al albacea.
¿Cómo funciona con el notario? El notario emites la autorización, comprobando la evidente necesidad o utilidad del acto de administración extraordinaria en interés del sujeto protegido. El notario comunica la autorización a la Secretaría del Tribunal, que hubiera sido competente para dictar la disposición, y al Ministerio Fiscal. La autorización emitida por el notario surtirá efectos a los veinte días de las comunicaciones al Juzgado y al Ministerio Público, sin que se haya interpuesto denuncia alguna.
¿Cuáles son los beneficios? Agilización del procedimiento y de los tiempos de autorización.