PUERTO RICO
El nuevo código civil reafirma la función notarial – Manuel Pérez Caballer
El Código Civil de Puerto Rico de 2020 entrará en vigor en unos 6 meses, lo que significa que todos los notarios deberán conocerla a fin de orientar e implementar aquellas instancias donde se contempla la intervención notarial.
El Colegio de Notarios participó activamente en las vistas públicas celebradas por la Cámara de Representantes. Presentó una ponencia que contenía enmiendas sugeridas y comentarios, que en su mayoría fueron acogidas favorablemente. El Código Civil convertido en ley representa un gran avance en comparación con el antiguo código que estuvo vigente en Puerto Rico por más de cien años.
El Código Civil de 2020 reafirma la importancia de la función notarial en Puerto Rico, Reitera diversos actos solemnes y que sólo pueden otorgarse ante notario. En materia de Derecho de Familia, se reconoce la figura del notario para celebrar matrimonios, sin que exista impedimento para que los testigos del acto matrimonial sean familiares cercanos de los contrayentes. Se mantiene la posibilidad de la mutabilidad del régimen económico matrimonial y que las capitulaciones matrimoniales sean mediante instrumento público ante notario. Se lo faculta para autorizar divorcios bajo la causal de mutuo consentimiento y por ruptura irreparable. Se incorporan las instrucciones anticipadas de salud o testamento vital, mediante acta notarial.
En materia de derecho sucesorio, se simplifica el otorgamiento del testamento abierto ante notario, requiriéndose solo un testigo instrumental, en lugar de tres. Con esto, se reconoce que es el notario, y no la cantidad de testigos, lo que brinda confianza y legalidad al documento. En varias otras instancias interviene el notario, como lo son los poderes o mandatos, el traslado de dominio sobre bienes inmuebles, la emancipación de hijos menores, entre otros ejemplos.
El Colegio de Notarios tiene un compromiso firme con la capacitación del notariado del país ante este nuevo reto.
