Quebec

Recuperación de una deuda sin sentencia judicial | La escritura notarial, elemento central de una nueva medida para reducir la necesidad de intervención judicial

Los ciudadanos y las empresas disponen de una nueva herramienta para facilitar el cobro de determinadas deudas. Gracias a una cláusula que puede incorporarse a los actos notariales, las partes pueden prever de antemano un procedimiento simplificado para acceder a la ejecución en caso de incumplimiento de pago, sin tener que recurrir a los tribunales.

Hasta ahora, incluso cuando una deuda estaba claramente establecida en un acto notarial, el acreedor debía obtener una sentencia antes de poder iniciar medidas de ejecución, lo que ocasionaba importantes costos y demoras.

Del acto notarial a la ejecución: ¿cómo funcionará este nuevo proceso?

Cuando un acto notarial contiene una cláusula que prevé la ejecución forzosa y un deudor no cumple con su obligación monetaria, un requerimiento de pago le será transmitido por un agente judicial. A partir de ese momento, dispone de 30 días para pagar, llegar a un acuerdo o impugnar la reclamación.

Si dentro de este plazo no se produce el pago, no se alcanza un acuerdo ni se presenta una impugnación, el requerimiento de pago, una vez presentado ante el tribunal por el agente judicial, adquiere fuerza ejecutoria equivalente a la de una sentencia y el acreedor puede recurrir a las medidas habituales de ejecución forzosa, como el embargo, sin ninguna otra formalidad. Las repercusiones de esta novedad jurídica serán múltiples, tanto para los ciudadanos y las empresas como para el sistema de justicia.

«La ejecución forzosa desjudicializada constituye un avance importante para el derecho preventivo y el acceso a la justicia en Quebec. Al simplificar los trámites necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos monetarios libremente asumidos, contribuirá a acortar los plazos, aumentar la previsibilidad en caso de incumplimiento de pago y reducir la presión sobre los tribunales. También reafirma el papel esencial de los notarios en materia de prevención y seguridad jurídica», señala el presidente de la Cámara de Notarios de Quebec.

El proceso puede aplicarse a diversas situaciones habituales cuando están previstas en un acto notarial e implican una obligación monetaria. Algunas de ellas son:

  • Préstamo: dos personas acuerdan un préstamo reembolsable durante un período determinado.
  • Saldo del precio de venta: un terreno o una empresa se vende con un saldo que deberá pagarse posteriormente.
  • Arrendamiento comercial: un arrendatario comercial se compromete a pagar un alquiler mensual.
  • Venta de equipamiento: un agricultor vende maquinaria pesada con pago diferido.

Sin embargo, este mecanismo no puede establecerse en todos los actos notariales. Deben cumplirse determinadas condiciones y algunas situaciones quedan excluidas, especialmente cuando ya existe otro mecanismo de ejecución previsto. Es el caso, por ejemplo, de los arrendamientos residenciales sujetos al Tribunal Administrativo de la Vivienda y de las obligaciones garantizadas mediante una hipoteca. Como corresponde, el notario asesorará a las partes sobre sus opciones, derechos y obligaciones.

VER NOTA: https://www.cnq.org/la-chambre-et-votre-protection/actualites-et-salle-de-presse/recouvrer-une-somme-due-sans-passer-devant-le-tribunal/