UINL – Lucha contra el blanqueo de capitales: el Notariado tiene un papel clave en la identificación del titular real de los bienes

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Lucha contra el blanqueo de capitales: el Notariado tiene un papel clave en la identificación del titular real de los bienes

La publicación de los resultados de la Cuarta Ronda de Evaluación del Grupo de Acción Financiera (GAFI) y los Grupos Regionales Estilo GAFI pone de manifiesto que la identificación del titular real sigue siendo uno de los grandes desafíos pendientes de abordar por la mayoría de los países.

Los delincuentes emplean una serie de técnicas y mecanismos para ocultar la propiedad y el control de los activos obtenidos ilícitamente. Suelen recurrir a la estrategia de «esconderse a la vista», aprovechando las infraestructuras comerciales y de comercio mundiales para parecer legítimas.

La globalización del comercio y las comunicaciones no ha hecho sino aumentar esta amenaza y los países se enfrentan ahora al reto de prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en un entorno comercial sin fronteras.

Por este motivo, la Recomendación 24 del Grupo de Acción Financiera, establece que los países deben tomar medidas para impedir el uso indebido de las personas jurídicas para blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

Los países deben asegurar que exista información adecuada, precisa y oportuna sobre el beneficiario final y el control de las personas jurídicas que las autoridades competentes puedan obtener o a la que puedan tener acceso oportunamente.

El GAFI ha adoptado dos enfoques complementarios: por una parte, evaluar el cumplimiento técnico de las recomendaciones, y, por otra parte, evaluar la idoneidad de su implementación.

De los 102 países que han sido evaluados hasta la fecha antes indicada, España es uno de los 49 países que, respecto del cumplimiento técnico, ha “cumplido mayoritariamente” su Recomendación 24. Las razones que han justificado dicha calificación -según el propio GAFI- se deben a que España se basa principalmente en el Índice Único Informatizado Notarial para la obtención de información sobre la titularidad real de las personas jurídicas, que incluye información obtenida y registrada por los notarios al constituir entidades o realizar otros actos determinados, así como información sobre la transferencia de acciones de sociedades de responsabilidad limitada.

Esto se complementa mediante el uso de otra información en poder de otras autoridades como registro de empresas, autoridades fiscales o bursátiles.

España figura entre los diez únicos países con un nivel “sustancial de eficacia” en la implementación de esta recomendación, gracias a que las autoridades competentes tienen acceso adecuado a la información sobre los titulares reales a través de la Base de Datos de Titularidad Real (BDTR) establecida por el Consejo General del Notariado y a la información contenida en los archivos de clientes de las entidades financieras y de los sujetos obligados no financieros (con una orden judicial).

 

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