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A partir del 1 de julio entran en vigor nuevas regulaciones sobre documentos notariales electrónicos

El gobierno ha emitido el Decreto 104/2025/ND-CP, que detalla varios artículos y medidas para la implementación de la Ley de Notariado, en particular sobre los documentos notariales electrónicos.

Específicamente, los documentos notariales electrónicos se generan directamente en un entorno electrónico, de acuerdo con los procedimientos de notariado electrónico presenciales u online establecidos en la Ley de Notariado, este decreto y la Ley de Transacciones Electrónicas.

La conversión de documentos notariales en papel a documentos electrónicos, conforme a las disposiciones de la Ley de Notariado y la Ley de Transacciones Electrónicas, y que reciban la firma electrónica del notario y de la entidad notarial, también se considerarán documentos notariales electrónicos.

Los documentos notariales electrónicos deben contar con un código QR, enlace, código u otro tipo de símbolo único que permita verificar su autenticidad y facilitar su consulta.

Las firmas digitales de las partes intervinientes en la transacción, testigos e intérpretes en el documento notarial electrónico deberán realizarse en presencia del notario. Se exceptúan los casos en que una persona autorizada haya registrado previamente su firma como muestra, conforme al artículo 50, apartado 2, de la Ley de Notariado.

Las correcciones de errores técnicos en los documentos notariales electrónicos se harán mediante una página adicional que contenga el contenido corregido, firmada digitalmente por el notario y la entidad notarial. Este documento de corrección debe adjuntarse al documento notarial electrónico y mostrarse junto con él cuando sea consultado.

Las modificaciones, complementos, terminaciones o cancelaciones de transacciones notariales electrónicas se realizarán conforme a la Ley de Notariado. Los documentos relacionados con estos cambios deberán adjuntarse al documento notarial electrónico y, en caso de consulta, presentarse conjuntamente con él.

El notariado electrónico presencial se aplica a todas las transacciones civiles.

El notariado electrónico online se aplica a todas las transacciones civiles, excepto aquellas de naturaleza unilateral, como los testamentos.

Las entidades notariales diplomáticas deberán llevar a cabo notarizaciones electrónicas relativas a las transacciones.

VER NOTA: https://www.vietnam.vn/ko/tu-1-7-thuc-hien-quy-dinh-moi-ve-van-ban-cong-chung-dien-tu